El uso de plataformas digitales de delivery ha sido una de las actividades que tomaron gran relevancia a partir del confinamiento que trajo la pandemia del COVID-19 en el 2020.
Una plataforma tiene la tarea de organizar las interacciones entre usuarios, sean estos empresas, trabajadores o consumidores, con el fin de construir un modelo de negocio que genere datos e ingresos monetarios. Las que se encargan de ofrecer servicios de entrega al consumidor final, como son las de delivery, conforman la última fase de la cadena de suministro. El trabajo de reparto al que recurren quienes usan estas plataformas se presentó como una actividad adaptable a variados horarios y estilos de vida, proporcionando flexibilidad y la idea de autogestión de las entregas.
Sin embargo, estas plataformas repiten esquemas de informalidad laboral, los cuales grupos como la ASIMM (Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios) lo demuestran al denunciar: el importe por envío, que lleva a realizar 454 pedidos durante diciembre de 2025 para cubrir el costo de la Canasta Básica Total ("índice APP" elaborado por la Fundación Encuentro); la falta de espacios propios para la espera; bloqueo de cuentas a través de un algoritmo; falta de mediación en los pedidos grandes (no hay control en el tamaño y peso de los artículos) y sanciones en caso de rechazar pedidos. Por eso mismo, las leyes laborales juegan un papel central al limitar o ampliar las normas consideradas como beneficiosas para los trabajadores.
Hasta hace poco Argentina no contaba con una reglamentación jurídica que especifique normas a cumplir, para quienes son dueños o servidores de plataformas, hasta la aprobación de la Reforma Laboral. Esta modificación entró en vigencia en marzo del 2026 como parte de la Ley de Modernización Laboral (27.802) que revisa indemnizaciones, cálculo de vacaciones, horas laborales mínimas, licencias, entre otras. Esta Reforma destaca por la creación de un marco jurídico específico para las plataformas de envío y transporte, donde a los repartidores se les otorga la figura de "prestador independiente", es decir, no hay una relación de dependencia con las plataformas tecnológicas ni un contrato laboral tradicional.
El denominado régimen para trabajadores de plataformas funciona con una cláusula interpretativa que elimina el carácter laboral y exime al empresario de cubrir derechos laborales (como aseguradoras o herramientas) para dejarlo todo en negociaciones de libre acuerdo que flexibilizan el accionar de las plataformas al no hacerlas responsables. Esta normativa evoca un discurso de que existe una discusión de iguales entre la app y el trabajador, donde este último debe negociar las condiciones en las que llevará a cabo su labor desde protección ante accidentes, seguros de salud, pensión y horas.
La desnaturalización contractual constituye un fraude ya que no hay normas laborales al presentar una relación "civil" entre la prestación de servicios y un usuario, cuando se trata de una práctica con seguimiento de tareas, dependencia económica y de un negocio que pertenece a la plataforma.
Es una externalización del trabajo que beneficia al negocio de la plataforma al disminuir costos laborales en seguridad social o indemnizaciones, no atiende riesgos en caso de accidentes ni por las indemnizaciones, y el trabajador es quien se encarga del capital para transporte y datos móviles. Si el empresario organiza la actividad y obtiene ganancias, no puede desatender las contingencias plasmadas en el derecho comercial que establece responsabilidad por actividades lucrativas y riesgosas (por el beneficio económico se justifican los gastos).
La creación de normativas que proporcionan ventajas a las empresas tras las plataformas y que dejan fuera de discusión a quienes se comprometen a trabajar bajo condiciones unilateralmente impuestas, son la fase más pulida del capitalismo logístico contemporáneo donde las tareas quedan a cargo de la organización de un algoritmo. El derecho civil que identifica personas, sus vinculaciones y responsabilidades ha quedado desamparado con la creación de una red en la que el empleador se diluye tanto que se crea una falsa visión de trabajador autónomo, que da forma a nuevas formas de independencia encubierta. Lejos de demonizar el uso de las plataformas en la era de la digitalización, este análisis propone repensar la inserción de los ciudadanos en mercados orientados a maximizar la ganancia a costa del deterioro de condiciones de quienes la generan, en un contexto donde los marcos regulatorios no las condenan e incluso las consolidan.
Lourdes Agostina Delgado es estudiante de Relaciones Internacionales y redactora de política global en Fun Politik. Vive en Buenos Aires.





